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¿No le dieron incapacidad a Emiliano? Le pusieron collarín y cabestrillo tras ser empujado por “Alito”, y a los dos días reapareció en el Senado

Tras las agresiones de Alejandro “Alito” Moreno en el Senado, Emiliano González, colaborador de Gerardo Fernández Noroña, volvió a la Cámara a pesar de sus lesiones visibles

¿No le dieron incapacidad a Emiliano? Le pusieron collarín y cabestrillo tras ser empujado por “Alito”, y a los dos días reapareció en el Senado

CIUDAD DE MÉXICO.- — Dos días después de la confrontación en el Senado, Emiliano González fue visto laborando durante la sesión plenaria con un collarín discreto y la mano derecha cubierta con un vendaje rosa.

Esto contrastó con las imágenes del día anterior, donde aparecía con collarín y cabestrillo sostenido por el cuello, tras haber sido empujado al suelo por el dirigente del PRI, Alejandro “Alito” Moreno el miércoles en la tarde.

La presencia de González en la sesión de esta mañana, grabando la plenaria, reinforzó las sospechas entre priistas, quienes acusaron que las lesiones podrían haber sido exageradas o incluso un “montaje político” por parte de Morena.

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Aparece al día siguiente a trabajar

El jueves, Gerardo Fernández Noroña y Emiliano González formalizaron una denuncia ante la Fiscalía General de la República (FGR), argumentando que las agresiones ocurrieron en un recinto federal y contra funcionarios públicos, lo que configura delitos graves, según indicaron.

Durante la sesión extraordinaria se abordaron los hechos del miércoles, cuando Moreno se lanzó a los golpes contra el morenista.

Aquí, algunos observadores destacaron la presencia de Emiliano, con una cámara diferente a la dañada durante el altercado, y realizando sus actividades de trabajo, aparentemente sin problemas.

¿Tendría Emiliano derecho a incapacidad?

Emiliano González, colaborador cercano a Noroña, tendría derecho a incapacidad laboral tras la agresión ocurrida en el Senado, según la Ley del Seguro Social (LSS) y la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Cuando un trabajador sufre lesiones sin provocación durante su jornada laboral o en un traslado directo al trabajo, esto se considera un “riesgo de trabajo”, otorgándole derechos específicos:

  • Atención médica integral a cargo del IMSS.
  • Incapacidad temporal remunerada al 100 % del salario desde el primer día.
  • Evaluación de discapacidad parcial o total permanente, con indemnización correspondiente.

El patrón también está obligado a reponer al trabajador en su empleo si está capacitado, siempre que la reincorporación ocurra dentro del año siguiente al accidente.

Las únicas excepciones que podrían limitar este derecho serían si la lesión fue autoinfligida, resultado de embriaguez o drogas, o derivada de una riña iniciada por el propio trabajador, situaciones que no aplican en este caso, ya que la agresión fue externa y sin provocación de Emiliano.

En este contexto, las lesiones visibles en cuello, brazo y mano, así como el uso de collarín, cabestrillo y vendajes, refuerzan su derecho a recibir incapacidad temporal, hasta que un dictamen médico determine si procede incapacidad permanente parcial o total.

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