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Maquiladoras solicitan a la SCJN rechazar el doble cobro de IVA, esto se sabe

La Suprema Corte evaluará esta medida a partir del próximo jueves 27 de febrero.

Maquiladoras solicitan a la SCJN rechazar el doble cobro de IVA, esto se sabe

CIUDAD DE MÉXICO.- — El Consejo Nacional de la Industria Maquiladora y Manufacturera de Exportación (Index) solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que no apruebe lo que consideran un doble cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

A través de un comunicado, expresaron su sorpresa ante la propuesta del Sistema de Administración Tributaria (SAT) de aplicar una medida recaudatoria doble, que será evaluada por la SCJN a partir del próximo jueves 27 de febrero. En el mismo posicionamiento, el Index destacó:

Expresamos un extrañamiento ante la propuesta de doble medida recaudatoria por parte del Sistema de Administración Tributaria (SAT) y que será analizada por la SCJN a partir del próximo jueves 27 de febrero”.

¿Cobro de doble IVA? Maquiladoras hacen llamado a la Corte ante esta posibilidad

Asimismo, hicieron un llamado para que la Corte “honre el espíritu de la ley: no cobrar doble IVA”, manifestando que lo que inicialmente parecía una regla beneficiosa para aliviar tanto el gasto público como el de las empresas, terminó por convertirse en una forma de imponer un doble cobro del IVA, no a las maquiladoras, sino a los importadores.

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La industria maquiladora afronta la contracción de empleo, pero sigue ofreciendo múltiples beneficios a sus colaboradores, destaca Serrano Bañuelos.

Desde su creación en 2006, el Programa de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX) ha permitido a las maquiladoras importar insumos de manera temporal con beneficios fiscales, siempre y cuando dichos insumos se utilicen para la manufactura de productos destinados a la exportación.

Sin embargo, el SAT considera que estas ventas no están exentas de IVA, y estima que entre 2019 y 2023 las operaciones de este tipo alcanzaron los 279 mil millones de pesos, de los cuales pretende cobrar 44 mil 640 millones de pesos por impuestos no retenidos.

Esta regla fiscal es identificada bajo la clave V5. En este contexto, Index explicó:

La piedra toral de la facilidad contenida en la regla radica en que jurídicamente la mercancía exportada virtualmente se encuentra en todo momento fuera del territorio nacional hasta que es introducida o importada en forma definitiva por los importadores que utilizan el pedimento con clave V5.”

Cumplir con estos procedimientos del SAT es clave para mantener al día las obligaciones fiscales.

¿Por qué proponen doble cobre de IVA?

Por otro lado, señalaron que lo que originalmente fue diseñado para evitar que las mercancías producidas por las maquiladoras fueran enviadas al extranjero (principalmente a Estados Unidos), y luego regresadas para consumo interno en México, se ha convertido en un mecanismo utilizado por algunos auditores del SAT con diferentes criterios.

Estos auditores, según el Index, han intentado aplicar el pedimento V5 como una medida superrecaudatoria, exigiendo el cobro doble del IVA.

Desafortunadamente, lo que originalmente fue creado para evitar sacar o retornar mercancías producidas por las maquiladoras al extranjero (EU), para inmediatamente volver a importar una parcialidad para el consumo en México, terminó por convertirse en un mecanismo que algunos auditores del SAT pretendieron aprovechar con diferentes criterios para utilizar este mecanismo de pedimentos V5 como una medida superrecaudatoria, cobrando el IVA dos veces”, denunció.

Index alerta ante solicitud sobre doble cobro del IVA

El Index alertó que, si la interpretación del SAT es avalada por la Corte, se generarán cargas financieras considerables para los contribuyentes, cuyos márgenes no suelen ser suficientes para hacer frente al pago del IVA de manera duplicada.

El Consejo también recordó que la propia Ley del IVA respalda el principio de no aplicar el doble cobro del IVA, al señalar que “no efectuarán la retención (por enajenación) las personas físicas o morales que estén obligadas al pago del impuesto exclusivamente por la importación de bienes.”

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El decreto de estímulos fiscales vendrá a beneficiar al sector comercio de las entidades en la frontera norte del país, mencionan.

En este sentido, enfatizó que “este párrafo de la Ley del IVA, de manera justa, manda el no doble pago del IVA. En otras palabras, si lo pagas en la importación no lo pagas en la enajenación. Así que los importadores virtuales de pedimentos con clave V5 están obligados exclusivamente al pago del IVA por la importación”, aclaró.

Finalmente, subrayaron que la determinación de este mecanismo fiscal tenía como objetivo evitar el gasto público en el desgaste de las carreteras del país y la sobresaturación de las aduanas en la frontera norte.

Además, buscaba hacer más competitivas a las empresas al reducir sus costos logísticos.

Esta determinación consideraba evitar el gasto público por el desgaste en las carreteras del País y la sobresaturación de las aduanas en la frontera norte, y con ello ayudar a las empresas a ser más competitivas al no hacerles incurrir gastos de logística”, concluyó Index.

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