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¿Se puede recuperar la Pensión del Bienestar después de ser suspendido del programa?

Ciertas causas de suspensión del padrón de beneficiarios pueden subsanarse, sin embargo, será necesario realizar el trámite como si fuera la primera vez

¿Se puede recuperar la Pensión del Bienestar después de ser suspendido del programa?

MÉXICO.- Existen varios motivos que pueden llevar a la suspensión de la Pensión del Bienestar, lo que significa que se pueden dejar de recibir los pagos durante algunos bimestres.

Ciertas causas de suspensión del padrón de beneficiarios pueden subsanarse, sin embargo, será necesario realizar el trámite como si fuera la primera vez.

Causas de la suspensión de la Pensión del Bienestar

De acuerdo con las reglas de operación publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), pueden causar la suspensión del programa:

  1. Inconsistencia en los datos de identificación del beneficiario: Cuando se identifique que los documentos de identidad son falsos, pertenecen a otra persona o no corresponde la información entre sí
  2. Posible duplicidad del programa: Cuando se identifique que hay duplicidad en el programa
  3. Inconsistencia en el medio de pago: Cuando se detecte alteración o falsificación del documento del medio de pago, a menos que el caso no sea imputable al beneficiario
  4. No localización: Cuando se realicen hasta dos visitas consecutivas en días y horarios distintos y no se localice al beneficiario

Qué pasa cuando se suspende del padrón de beneficiarios

En los casos en los que se aplique la suspensión, la Secretaría de Bienestar informará al beneficiario que se presente en las oficinas de atención y se le dará a conocer el motivo que causó esta acción.

También se le indicará el procedimiento que debe realizar para reactivarse en el programa.

Cuándo se puede reactivar en el programa

Las reglas de operación indican que la reactivación puede ocurrir en los siguientes casos:

  1. Se resolvió favorablemente el inconveniente que causó la suspensión
  2. La suspensión haya ocurrido antes del ejercicio fiscal de 2025
  3. Haya solicitado la baja voluntaria de la pensión y solicite la reactivación

La reactivación se puede solicitar en cualquier momento del ejercicio fiscal, pero deberán presentar la documentación indicada.

Una vez que se reúna toda la evidencia requerida, la reactivación se aplicará en un plazo máximo de dos meses a la captura del trámite realizado por personal de la Secretaría de Bienestar.

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