¿Qué pasa si el avión en el que viajarás tiene un retraso? Profeco da a conocer los derechos de los consumidores
En pocas semanas muchas personas gozarán de un periodo vacacional por las fiestas decembrinas, por lo que es posible que algunos opten por viajar en avión para visitar a sus familiares y conocer sus derechos al hacerlo, es muy importante
MÉXICO.- Los retrasos en los aeropuertos del país es una situación de la que nadie está exento de experimentar, por lo que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), da a conocer los derechos de los consumidores al viajar en avión.
En pocas semanas muchas personas gozarán de un periodo vacacional por las fiestas decembrinas, por lo que es posible que algunos opten por viajar en avión para visitar a sus familiares y conocer sus derechos al hacerlo, es muy importante.
Estos son los derechos de los pasajeros de avión, establecidos en la ley
Según la Profeco, las Leyes Federal de Protección al Consumidor y de Aviación Civil, establecen los derechos a favor de los pasajeros, que son los siguientes:
- Deben ser informados por la aerolínea sobre las opciones y alternativas con las que cuentan, en caso de ser afectados por alguna situación
- El proveedor debe dar a conocer los términos y condiciones aplicables al momento de comprar un boleto de viaje; además, el costo de éste, debe incluir tarifas, comisiones e impuestos, pero la aerolínea no puede obligar a los pasajeros a adquirir sus servicios adicionales
- En caso de que un pasajero decida no realizar el viaje, puede solicitar a la aerolínea, en un lapso de 24 horas posteriores a la compra, la devolución del monto por el boleto
¿Qué pasa con los retrasos en vuelos?
Según la Procuraduría, en el caso de retraso del vuelo, las personas afectadas deben ser informadas mediante medios electrónicos o a través de los módulos de atención de la empresa.
Ante una situación como ésta, los pasajeros tienen algunas opciones como son:
- Si la demora es superior a una hora e inferior a 4 horas, se otorgará como mínimo descuentos para vuelos posteriores hacia el mismo destino o alimentos y bebidas
- En caso de que sea mayor a dos horas, pero menor a 4, y se aplique un descuento, éste no podrá ser menos al 7.5% del precio del boleto.
- Si la demora es de más de 4 horas o se da la cancelación del vuelo y la aerolínea es la responsable, los consumidores tendrán derecho al reintegro del precio del boleto o la parte no realizada del viaje, más una indemnización no inferior al 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.
Otra opción es recibir transporte sustituido en el primer vuelo disponible, alimentos y, en su caso, alojamiento y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.
Una alternativa más es recibir transporte en fecha posterior al mismo destino y una indemnización no interior al 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.
En caso de que no se permita el abordaje por una sobreventa del vuelo, el pasajero tiene la opción de elegir los beneficios que se otorgan en caso de cancelación del vuelo.
Según la Profeco, si ocurren un cambio en el itinerario o se presenta cualquier otra circunstancia que pudiera afectar el servicio contratado, la aerolínea informará al pasajero con al menos 24 horas de anticipación a la salida del vuelo, mediante llamadas telefónicas, correos electrónicos, mensajes de texto o cualquier otro medio electrónico.
Las compensaciones e indemnizaciones se deban pagar en un periodo de 10 días naturales posteriores a la reclamación, excepto alimento, bebidas y hospedaje, los que deben cubrirse cuando ocurra el retraso, demora o cancelación.
Además, los pajeros deben considerar que según la Ley de Aviación Civil, tienen derecho a documentar, sin costo, hasta 15 o 25 kilos de equipaje, según la capacidad de la aeronave, así como dos piezas de equipaje de mano, que en conjunto no excedan los 10 kilos.
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