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¿Se pueden sumar los años cotizados en el IMSS e Issste para alcanzar una mejor pensión?

Si un trabajador ha cotizado de manera simultánea, o por periodos intermitentes para ambas instituciones, pueden obtener la portabilidad de derechos, pero hay varios requisitos que se deben cumplir

¿Se pueden sumar los años cotizados en el IMSS e Issste para alcanzar una mejor pensión?

MÉXICO.- Anteriormente los trabajadores que cotizaron ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste), no podían unificar las cotizaciones, pero ahora es posible.

Si un trabajador ha cotizado de manera simultánea, o por periodos intermitentes para ambas instituciones, pueden obtener la portabilidad de derechos, pero hay varios requisitos que se deben cumplir.

Requisitos para la unificación de cotizaciones

Según la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), los interesados deben cumplir con estos requisitos:

  1. Contar con cotizaciones en IMSS e Issste
  2. Formar parte de la Ley 73 o 97 del Seguro Social y pertenecer el Régimen de Cuentas Individuales Issste
  3. Tener al menos 60 años de edad, pero se puede hacer el trámite en el transcurso del año anterior a cumplir la edad mínima requerida
  4. Estar en periodo de Conservación de Derechos en el IMSS
  5. Contar con constancia de Periodos Reconocidos IMSS- Issste

El trámite se realiza en el Instituto donde el trabajador tenga su última cotización, pero si la baja fue simultánea, se puede acudir a cualquiera de las instituciones que el trabajador elija.

Los documentos a presentar son:

  • Identificación oficial con fotografía
  • Clave Única de Registro de Población (CURP)
  • Copia del documento de elección o impresión del Expediente Electrónico Único que acredite que esté bajo el régimen de cuentas individuales del Issste
  • Estado de cuenta de la Afore

Pasos a seguir para realizar el trámite

Solicitar transferencia de derechos. En el caso del IMSS, se debe acudir a la Subdelegación más cerca o en línea mediante IMSS Digital, o en la página oficial del Instituto.

En el caso del Issste se debe hacer de forma presencial en las Subdelegaciones de Prestaciones Estatales y Regionales.

El Instituto que reciba la solicitud de transferencia de derechos solicitará la información de los periodos y salarios base de cotización o sueldos básicos, para obtener los periodos de cotización reconocidos por ambos institutos.

Se recibirá del Instituto donde se realizó el trámite una Constancia de Semanas Cotizadas en el IMSS, con la totalización de periodos del Issste o el Informe de Periodos de Cotización del Issste

Se continuará con el trámite de solicitud de pensión en el mismo Instituto donde se registró la solicitud de transferencia de derechos y estar dados de baja en los regímenes obligatorios de ambas instituciones, incluyendo la continuación voluntaria

Manifestar la voluntad de transferir los derechos de los periodos de cotización bajo la Ley del Seguro Social y la Ley del Issste, al igual que los recursos acumulados en las subcuentas del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, constituidas bajo los dos regímenes}

Obtener del Instituto en el que se realizó el trámite el documento de Resolución y/o Concesión de Pensión

El Instituto que emitió la Resolución y/o Concesión de Pensión solicitará a la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), en la que se encuentra registrada la cuenta individual, la transferencia de los recursos de las subcuentas correspondientes que se utilizarán para financiar el pago de la pensión

La Afore transferirá los recursos de las subcuentas de la cuenta individual que se utilizarán para el financiamiento del pago de la Pensión, en su caso. Los saldos excedentes de las subcuentas y/o los saldos de otras subcuentas que no hayan sido utilizadas seguirán siendo administrados por la Afore y estarán a disposición de las y los trabajadores para cuando soliciten el retiro de los mismos

Una vez obtenido el derecho pensionario, se deberá acudir a la Afore a realizar la solicitud de retiro de recursos correspondiente, cumpliendo con los siguientes requisitos:

  1. Tener integrado el expediente de Identificación en la Afore
  2. Tener el registro de los biométricos en la Afore

Documentos necesarios:

  • INE
  • Comprobante de domicilio, en caso de que en el INE no se muestre
  • Documento de resolución o concesión de pensión
  • Comprobante o número de cuenta Clabe bancaria a nombre de la o el trabajador ya que ahí se depositarán los recursos

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