Nueva Reforma al Poder Judicial: Jueces, ministros y magistrados sólo podrán renunciar por causas graves y tendrán más limitaciones
Cambio de reglas para miembros del Poder Judicial: desde limitación de renuncias y pensiones, hasta renovación de la presidencia en la Suprema Corte, así serán los cambios planteados por Sheinbaum.
CIUDAD DE MÉXICO.- La presidenta de la República, Claudia Sheinbaum, ha presentado una nueva Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la cual establece importantes cambios.
La iniciativa prevé un manejo más estricto respecto a las renuncias de las y los Ministros, además de limitar pensiones, liquidaciones y otras prerrogativas. A continuación, detallamos las principales disposiciones de esta reforma:
Principales modificaciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
- Renuncias de los Ministros
Una de las modificaciones más relevantes de esta reforma es que las renuncias de las y los Ministros solo procederán por causas graves, las cuales deberán ser aprobadas por la mayoría de los miembros presentes del Senado de la República. En caso de receso del Congreso, la Comisión Permanente tendrá la facultad para aprobar estas renuncias.
- Ocupación de vacantes
Si un Ministro o Ministra no cumple con su función por más de un mes debido a licencia, fallecimiento, renuncia o cualquier otra causa de separación definitiva, se dará paso a la ocupación de la vacante. El cargo será asumido por la persona del mismo género que haya obtenido el segundo lugar en la elección para ese cargo, siguiendo el orden de prelación.
- Pensiones y derechos post mortem
La reforma también establece que, en caso de fallecimiento de un Ministro o Ministra, su cónyuge y los hijos menores de edad o con alguna incapacidad, tendrán derecho a una pensión equivalente al 50% de la remuneración mensual que recibía el Ministro o Ministra. El beneficio cesará si el cónyuge contrae matrimonio o entra en concubinato, y para los hijos, cuando alcancen la mayoría de edad.
- Pensiones por retiro y limitación de beneficios
Las Ministras y Ministros que concluyan su encargo sin postularse en la elección extraordinaria del 2025 no tendrán derecho a un haber por retiro. Sin embargo, si presentan su renuncia antes de la fecha de cierre de la convocatoria de dicha elección, recibirán una pensión proporcional al tiempo que desempeñaron su cargo.
- Prohibición de cargos en el sector público
Una de las modificaciones que podría generar controversia es la prohibición para las Ministras y Ministros de aceptar cargos remunerados en el sector público o privado tras su retiro, con excepción de aquellos cargos no remunerados en asociaciones científicas, docentes, literarias o de beneficencia.
- Renovación de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia
La reforma también establece que la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se renovará cada dos años de manera rotatoria, en función del número de votos obtenidos en la elección respectiva. El cargo será otorgado a quien obtenga la mayor votación.
Impacto de la reforma en el Poder Judicial
Este paquete de reformas tiene el objetivo de dar un mayor control y transparencia sobre las funciones del Poder Judicial, buscando evitar prácticas que permitan que los Ministros permanezcan en el cargo de manera indefinida o con beneficios que, según la reforma, no son justificables.
Aprobación de la Ley de Carrera Judicial y reformas a la Ley General de Responsabilidades Administrativas
El Ejecutivo también ha enviado al Senado una propuesta que expide la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación, con el fin de establecer mecanismos claros y eficaces para la carrera judicial. Además, se plantea una reforma a la Ley General de Responsabilidades Administrativas para fortalecer la rendición de cuentas dentro del Poder Judicial.
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